Despido procedente vs improcedente vs nulo
| Procedente | Improcedente | Nulo | |
|---|---|---|---|
| Causa | La empresa demuestra una causa real y justificada | No se demuestra la causa, o hay defectos de forma | Vulnera un derecho fundamental (discriminación, represalia) |
| Indemnización | 20 días/año, tope 12 mensualidades | 33 días/año, tope 24 mensualidades | No aplica |
| Readmisión | No | La empresa elige entre indemnizar o readmitir | Obligatoria |
| Salarios de tramitación | No | Solo si se opta por readmisión | Sí, desde el despido hasta la readmisión |
| Cómo reclamarlo | Si crees que la causa no era real, puedes impugnarlo igualmente | Se declara mediante conciliación o sentencia | Requiere demanda específica alegando la vulneración de derechos |
¿Cuál te corresponde a ti?
No lo decides tú ni la empresa unilateralmente de forma definitiva: la empresa comunica el despido con la calificación que considera, pero si no estás de acuerdo, un juzgado de lo social puede recalificarlo. Por eso, si tienes dudas de que tu despido esté bien calificado (por ejemplo, si crees que la causa alegada es falsa, o que en realidad es una represalia), lo razonable es consultar con un abogado laboralista antes de que venza el plazo de 20 días hábiles para reclamar.
Calcula tu caso
Usa la calculadora de indemnización por despido introduciendo tu antigüedad y salario para ver la cifra exacta según cada supuesto.